POLÍTICAS DE FORMACIÓN INVESTIGATIVAS



El estado de tiene la responsabilidad de fortalecer la investigación en las universidades públicas de Colombia y así poder contribuir de manera decisiva las soluciones de los problemas cruciales de nuestro país.

La Ley 30 de 1992 orienta y busca que las instituciones educativas superiores de Colombia trabajen por la creación, el desarrollo y la construcción del conocimiento en todas sus formas y expresiones y así promover su utilización en todos los campos.

La Ley 1286 de 2009 se centra en la necesidad de fortalecer la incidencia del Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología en todos los entornos y asi poder desarrollar los sectores productivo, económico, social y ambiental de nuestro país, esto se logra formando ciudadanos integrales, creativos, críticos, proactivos e innovadores ocasionando que la toma de decisiones sean transcendentales y así promover el emprendimiento, la creación de empresas.

En Colombia se originó el semillero de investigación en 1996 en la Universidad de Antioquia como una estrategia extracurricular de fomento de la investigación y como una reacción a las formas de impulso a esta función básica de la educación superior, institucionalizadas por la propia universidad e impulsadas por Colciencias, esto inspiro a mas universidades a la creación de semilleros de investigación.

Estos semilleros de investigación en su mayoría de veces es creada por los estudiantes, asi constituyendo un nuevo modelo de enseñanza aprendizaje. Esto concibe un espacio para ejercer la libertad y la crítica académica, la creatividad y la innovación, además de esto también generan conocimientos para el mejoramiento  de los sistemas, transferencias y capacitación de sus integrantes para el desarrollo del pensamiento.

el Acuerdo Nº 002 del 16 de Enero de 1998 emanado por el Consejo Superior Universitario, crea el Sistema de Investigación como estructura institucional que traza las políticas y normas para promover y fortalecer la investigación en la Universidad Popular del Cesar. Tendiente a propiciar y fortalecer el desarrollo de la investigación científica en la Universidad para contribuir al logro de la excelencia, la acreditación de sus Programas Académicos y la integración del Alma Mater al desarrollo regional en los ámbitos social, cultural, económico, político y ambiental de su entorno.

Que el Acuerdo Nº 002 de 14 febrero de 2002 del Consejo Académico, institucionaliza el programa Semilleros de Investigadores en la Universidad Popular del Cesar, con el fin de establecer normas y criterios que permitan mejorar y obtener un sólido desarrollo de la investigación formativa en la institución, en condiciones de competitividad nacional e internacional.

Que el Acuerdo Nº 009 del 02 de julio de 2010 emanado por el Consejo Superior Universitario, otorga estímulos a los estudiantes pertenecientes a los Semilleros de Investigación de la Universidad Popular del Cesar, a través de la exoneración del 80% de la base de la matrícula, a los estudiantes pertenecientes a los Semilleros de Investigación de la Universidad Popular del Cesar.

Que el Acuerdo Nº 008 del 16 de marzo de 2011 emanado por el Consejo Superior Universitario, adopta la estrategia para la creación, consolidación y sostenibilidad de los Grupos de Investigación e implementación de estímulos para los Grupos e investigadores que logren un reconocimiento a través de sus actividades de investigación.

Que el Acuerdo Nº 005 del 10 de Mayo de 2012 emanado por el Consejo Superior Universitario, apoya y fortalece administrativa, técnica y financieramente a los investigadores, grupos, semilleros, centros de investigación y extensión para consolidar la capacidad investigativa, volviéndola una función esencial de la universidad.